Sunday, May 22, 2016

Los padres o tutores de los pandilleros pagarán los daños causados por sus hijos


Los padres de familia o tutores de los pandilleros asumirán el resarcimiento total de los daños ocasionados, señala la propuesta para la redacción del anteproyecto de Ley de Prevención y Lucha Contra la Delincuencia Juvenil y las Pandillas.
La iniciativa, que nació de la Cumbre Nacional de Seguridad Ciudadana, impulsada por el Ministerio de Gobierno, señala que la misma deberá ser asumida al margen de la responsabilidad penal o civil.
“Independientemente por la comisión de un hecho delictivo realizado por menores de edad no emancipados, la reparación del daño material, personal, psicológico y moral de la víctima recae sobre los padres de familia, tutores, guardadores o cualquier otra persona responsable de los mismos”, señala la propuesta.
También prevé que serán obligados a la prestación de servicios comunitarios, asistencia a terapias y medidas socioeducativas conjuntamente con los responsables que hubiesen sido pasibles a sanciones relacionadas con la pandilla a fin de restablecer el rol de la educación, formación y desarrollo integral de sus hijos.
PENALIZACIÓN
La propuesta establece la penalización de los actos delincuenciales en el marco de establecer los mecanismos de prevención de la conformación y lucha contra la delincuencia juvenil y las pandillas para la protección y ejercicio pleno de los derechos y garantías constitucionales de la población para contribuir a una cultura de paz.
Señala que el que formare parte de una pandilla integrada por cuatro o más personas será sancionado con reclusión de uno a cuatro años. En tanto que para los promotores, jefes, cabecillas, líderes o dirigentes, la reclusión será de cuatro a ocho años.
Asimismo, el que incite o induzca a la conformación de esos grupos mediante coacción material o psicológica será sancionado con pena privativa de libertad de cuatro a seis años de reclusión.
Quien induzca o capte a niñas, niños y adolescentes menores de 14 años de edad para la conformación o integración de pandillas será sancionado con privación de libertad de seis a 12 años.
Quien promueva la comisión de uno o más delitos como requisito de admisión a una pandilla será sancionado con la pena prevista para el delito cometido con la agravante en una quinta parte. Finalmente se incluye el artículo 141 de la Ley de Control de Armas de Fuego Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados bajo el siguiente texto: “Quien exhiba armas de fuego o realice apología de delito en medios de comunicación o redes sociales será sancionado con privación de libertad de dos a cuatro años en un centro penitenciario”.

Plantean que prevención delincuencial esté en el currículo
El anteproyecto de ley sugiere también que el Ministerio de Educación incorpore en el currículo escolar la temática de prevención de la delincuencia juvenil y las pandillas.
Asimismo, el Ministerio de Comunicación, en el ámbito de sus competencias, deberá diseñar e implementar en coordinación con los medios de difusión masivos una estrategia nacional de comunicación preventiva que incluya campañas dirigidas a informar y sensibilizar sobre las causas, formas y consecuencias de la violencia y delincuencia ocasionada por las pandillas, considerando la diversidad cultural en el territorio nacional.
En tanto que las entidades territoriales autónomas, de manera concurrente en el marco de sus competencias, deberán crear centros de reintegración social para adolescentes.
En ese contexto se lleva adelante la socialización de la norma.

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