Saturday, July 28, 2012

Educación y Seguridad Vial

El peatón.- (1ra Parte)

Normas de Circulación.-El peatón debe circular en ciudades y poblaciones por las aceras, conservando su lado derecho, evitando en lo posible el uso de la calzada, pero en lugares donde las aceras sean angostas podrán usar excepcionalmente la calzada, circulando uno detrás de otro y de ningún modo en grupos.

En las calles donde no hay autoridad de Tránsito ni señales, las personas tienen preferencia de circulación, por las franjas de seguridad, o paso de peatones, que es la zona demarcada o imaginaria de la calzada destinada al uso de peatones.

PROHIBICIONES

Las prohibiciones para los peatones son: subir o bajar de los vehículos en movimiento, colocarse o colgarse en las pisaderas, parachoques o de la carrocería. Asimismo, está prohibido situarse en la calzada, con el objeto de solicitar colecta o ayuda a los conductores.

Otra de las prohibiciones para los peatones es ofrecer venta de periódicos, revistas o cualquier otra mercancía para tratar de detener un vehículo con el fin de tomar sus servicios, en los cruces de ferrocarril está prohibido se debe respetar las señales.

No se puede cruzar la calzada en forma diagonal o bajar intempestivamente, cruzar la calle o calzada raudamente o detenerse en plena calzada.

RESPETO DE LAS SEÑALES

Al cruzar las calles o avenidas por los pasos de peatones, donde el tránsito está regulado por un policía, semáforos, las personas respetarán las señales no pudiendo iniciar el cruce o bajar a la calzada hasta que no se de la señal respectiva.

En lugares donde no haya policía o semáforo regulando el tránsito, el peatón antes de cruzar la calle debe cerciorarse de que no existe peligro.

Si iniciando el cruce de la calzada se produjere el cambio de señal en el semáforo, el peatón tiene derecho a continuar su marcha hasta completar el cruce, pero se debe ceder el paso a los vehículos de la Policía, ambulancias y bomberos, cuando cumplen servicios de emergencia anunciando mediante sirenas u otros dispositivos.

En carreteras y vías rurales es prohibido, para el peatón, circular por las bermas, sin embargo cuando obligatoriamente tengan que hacerlo por no existir otros lugares, circulará por el lado izquierdo de la vía o sea en sentido contrario a la circulación de los vehículos.

PASAJERO

El peatón también cumple la función de pasajero quien es la persona que utiliza un vehículo para trasladarse de un lugar a otro, por un tiempo determinado, con o sin remuneración.

El pasajero se clasifica en los que remuneran el servicio, las personas que son transportadas por orden o disposición de la autoridad, los que abordan voluntariamente un vehículo y son admitidos por el conductor, los polizones o los que abordan arbitrariamente y los que son transportados por imposición.

El pasajero tiene derecho a un cómodo y seguro transporte, solicitar la atención de cualquier vehículo de servicio público pagando la tarifa establecida y tiene la obligación de no incurrir en actitudes que perjudiquen el buen servicio, además de acatar las disposiciones que el conductor o auxiliar le imparta para su mayor comodidad y seguridad.

El pasajero responderá por los daños y perjuicios que ocasione al conductor, pasajeros o al vehículo.

El pasajero y el conductor se deben recíprocamente un trato cortés y respetuoso, en casos de peligro o accidentes, los pasajeros, el conductor y auxiliares se deben mutua asistencia y cooperación. Para subir o bajar de un vehículo, el pasajero deberá hacerlo por la puerta correspondiente al lado de la acera o costado derecho de la vía y cuando el vehículo esté completamente detenido.

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